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Provisión de cargo asistencial en vacancia temporal

Del resultado de un concurso en el Distrito, salió elegida una persona en un cargo asistencial, hoy día esta persona es encargada en un cargo profesional, por lo que queda en vacancia temporal este cargo asistencial, ¿Cómo se puede proveer esta vacancia temporal?, ¿es necesario usar la lista de legibles para que el siguiente en dicha lista pueda acceder a este cargo asistencial?, ¿se provee con los funcionarios de carrera administra va que se encuentran en la entidad y cumplen con los requisitos de dicho cargo?
Adicionalmente, la lista de elegibles quedó en firme el 27 de agosto de 2018, ¿hasta qué fecha tiene la entidad para utilizar esta lista de elegibles?, se cuenta hasta que se realice un acto administrativo de nombramiento? o es hasta la posesión del cargo?

Provisión de cargo asistencial en vacancia temporal

Del resultado de un concurso en el Distrito, salió elegida una persona en un cargo asistencial, hoy día esta persona es encargada en un cargo profesional, por lo que queda en vacancia temporal este cargo asistencial, ¿Cómo se puede proveer esta vacancia temporal?, ¿es necesario usar la lista de legibles para que el siguiente en dicha lista pueda acceder a este cargo asistencial?, ¿se provee con los funcionarios de carrera administra va que se encuentran en la entidad y cumplen con los requisitos de dicho cargo?
Adicionalmente, la lista de elegibles quedó en firme el 27 de agosto de 2018, ¿hasta qué fecha tiene la entidad para utilizar esta lista de elegibles?, se cuenta hasta que se realice un acto administrativo de nombramiento? o es hasta la posesión del cargo?

Actualización de la declaración de bienes y rentas en el SIDEAP para los docentes

Me permito solicitar se considere la posibilidad de realizar los reportes de diligenciamiento del formato de Declaración de Bienes y Rentas para la actualización - Sistema de Información Distrital del Empleo y la Administración Pública - SIDEAP-, desde el mes de abril de 2020. Lo anterior teniendo en cuenta que, aproximadamente once mil trescientos (11.300) funcionarios de la Secretaria de Educación Distrital realizaron el diligenciamiento entre abril y mayo de 2020, ya que desde el 31 de marzo les fue expedido el Certificado de Ingresos y Retenciones por Rentas de Trabajo y de Pensiones del Año Gravable 2019.

Factores a liquidar en la prima de servicios

1. La Entidad Distrital ha venido liquidando la prima de servicios acorde con los factores señalados en el Acuerdo Distrital correspondiente.
2. El Gobierno Nacional expidió el Decreto 2278 de 2018, en el cual, producto de acuerdos sindicales, se incluye en la liquidación de la prima de servicios la bonificación por servicios prestados
3. La Entidad Distrital, recibió Correo Electrónico del Sindicato de Trabajadores de la Entidad Distrital, en donde manifiestan que: " en la liquidación de la Prima de Servicios no se tuvo en cuenta la Doceava parte de la Bonificación por servicios prestados”, por lo cual solicitan se dé cumplimiento a la normatividad vigente y se incluya en la liquidación de la Prima de Servicio la Bonificación por servicios prestados como factor salarial para todos los servidores públicos de laentidad Distrital.

Factores a liquidar en la prima de servicios

1. La Entidad Distrital ha venido liquidando la prima de servicios acorde con los factores señalados en el Acuerdo Distrital correspondiente.
2. El Gobierno Nacional expidió el Decreto 2278 de 2018, en el cual, producto de acuerdos sindicales, se incluye en la liquidación de la prima de servicios la bonificación por servicios prestados
3. La Entidad Distrital, recibió Correo Electrónico del Sindicato de Trabajadores de la Entidad Distrital, en donde manifiestan que: " en la liquidación de la Prima de Servicios no se tuvo en cuenta la Doceava parte de la Bonificación por servicios prestados”, por lo cual solicitan se dé cumplimiento a la normatividad vigente y se incluya en la liquidación de la Prima de Servicio la Bonificación por servicios prestados como factor salarial para todos los servidores públicos de laentidad Distrital.

concepto sobre modificación a la planta de empleos de entidad Distrital.

Concepto frente a los siguientes interrogantes, relacionados con los Empleos de Conductores y Servicios Generales del sistema general de carrera de entidad Distrital.
Revisada la planta de empleos de la Veeduría Distrital y los cargos de carrera, se encuentran que, en los empleos de Conductores y Servicios Generales, la mayoría de las personas que ostentan dichos cargos están próximos a cumplir los requisitos para obtener la pensión de vejez. En este sentido, solicito se me informe si procede la supresión de estos cargos, una vez se decrete su vacancia definitiva por retiro del servidor (reconocimiento de pensión de vejez) de la planta de empleos de la entidad Distrital.
De proceder la supresión de los empleos, ¿cuáles son los fundamentos legales que lo soportan, que tramite se debe surtir y ante qué Autoridad o Entidad, para decretar la supresión del cargo?.

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