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Plazos para actualización de la declaración de bienes y rentas en SIDEAP de acuerdo con la Circular externa 020 del 11 de junio de 2020 del Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital DASCD.

Los funcionarios que ingresaron a la planta de personal de una entidad pública distrital, en el periodo: enero a mayo de 2020 y diligenciaron por la plataforma del SIDEAP los formatos de Hoja de Vida y Declaración de Bienes y Rentas, para el ingreso, deben registrar y actualizar nuevamente la información de acuerdo con lo establecido en la circular?
Los docentes que ingresaron al Aplicativo SIDEAP y actualizaron la hoja de vida y Bienes y Rentas, antes del 1 de Junio de 2020, deben ingresar nuevamente? se supone que el registro queda en el sistema de igual manera cada docente tiene su soporte impreso que la presentó.
Me permito solicitarle información sobre la vigencia del Convenio de Delegación No. 096 de 2015 suscrito entre el Departamento Administrativo de la Función Pública y el Departamento Administrativo del Servicio Civil está vigente, la duda radica en que, el Ministerio de Educación Nacional, expidió la resolución 245 del 02 de julio 2020 “por medio de la cual por medio de la cual se determinan las fases de despliegue y operación para el registro y/o actualización de hojas de vida y el diligenciamiento del formato de bienes y rentas del personal administrativo, docente y directivo docente de las entidades territoriales certificadas en el educación, en el Sistema de Información y Gestión del Empleo Público
Quisiera saber si un funcionario diligenció el formato antes del 1 de junio de 2020, debe volver a diligenciarlo?
Soy docente del Distrito y desde mayo hice la actualización de la hoja de vida y lo de la DIAN ¿por qué me sigue llegando información de que tengo que actualizarla?

Remuneración de funcionario público de carrera que comisionó para asumir las funciones de un empleo de libre nombramiento y remoción el cual se encontraba en vacancia definitiva

¿Es viable que a la funcionaria de carrera administrativa a quien se comisionó para asumir las funciones de un empleo de libre nombramiento y remoción el cual se encontraba en vacancia definitiva, se le reconozca la remuneración determinada en la escala que optó como funcionaria de carrera (escala anterior) o se debe reconocer remuneración de conformidad con la nueva escala salarial establecida en el acuerdo de junta Directiva No. 011 del 10 de agosto de 2018, aclarado por el Acuerdo 001 del 15 de febrero de 2019, durante el tiempo que se encuentre en comisión?

Remuneración de funcionario público de carrera que comisionó para asumir las funciones de un empleo de libre nombramiento y remoción el cual se encontraba en vacancia definitiva

¿Es viable que a la funcionaria de carrera administrativa a quien se comisionó para asumir las funciones de un empleo de libre nombramiento y remoción el cual se encontraba en vacancia definitiva, se le reconozca la remuneración determinada en la escala que optó como funcionaria de carrera (escala anterior) o se debe reconocer remuneración de conformidad con la nueva escala salarial establecida en el acuerdo de junta Directiva No. 011 del 10 de agosto de 2018, aclarado por el Acuerdo 001 del 15 de febrero de 2019, durante el tiempo que se encuentre en comisión?

Retiro de cesantías parciales Régimen Retroactivo, en desarrollo del Estado de emergencia declarada por el Covid-19.

1. ¿Puede considerarse la terminación del encargo, como una situación enmarcada en la disminución de ingreso mensual de la funcionaria, que le permita acceder al beneficio otorgado por el artículo 3 del Decreto 488 de 2020?
2. ¿Puede aplicarse el decreto 488 de 2020 al régimen de cesantías retroactivas?

Retiro de cesantías parciales Régimen Retroactivo, en desarrollo del Estado de emergencia declarada por el Covid-19.

1. ¿Puede considerarse la terminación del encargo, como una situación enmarcada en la disminución de ingreso mensual de la funcionaria, que le permita acceder al beneficio otorgado por el artículo 3 del Decreto 488 de 2020?
2. ¿Puede aplicarse el decreto 488 de 2020 al régimen de cesantías retroactivas?

Teletrabajo, trabajo en casa por Covid – 19

Dado el marco jurídico emanado por la Emergencia sanitaria, y teniendo en cuenta que la función operativa no puede ser realizada desde la casa, solicito su concepto al respecto. sí legalmente podemos continuar nuestras funciones normalmente, dado que nuestras capacidades físicas y medicas son acordes con el trabajo, o por el contrario estamos obligados a aceptar el teletrabajo, con la consiguiente disminución salarial?

Teletrabajo, trabajo en casa por Covid – 19

Dado el marco jurídico emanado por la Emergencia sanitaria, y teniendo en cuenta que la función operativa no puede ser realizada desde la casa, solicito su concepto al respecto. sí legalmente podemos continuar nuestras funciones normalmente, dado que nuestras capacidades físicas y medicas son acordes con el trabajo, o por el contrario estamos obligados a aceptar el teletrabajo, con la consiguiente disminución salarial?

Pago proporcional prima de servicios

1) ¿El Decreto 304-2020 aplica para una entidad distrital, que es una Empresa Industrial y Comercial del estado con carácter de entidad descentralizada indirecta del orden Distrital?
2) ¿Si el servidor público al 30 de junio de 2020 cumplió solo 157 días de vinculación y no tiene continuidad le corresponde el pago proporcional de la prima por los 157 días?
3) ¿La entidad distrital cuenta con el Acuerdo 11 del 27 de diciembre de 2002 por el cual se compila el Régimen Salarial de los empleados públicos y trabajadores oficiale, el cual es muy antiguo, la duda que tenemos es un acuerdo de junta es superior a un decreto del gobierno nacional? ¿Pueden ir en contravía los acuerdos de junta y los decretos del gobierno?

Pago proporcional prima de servicios

1) ¿El Decreto 304-2020 aplica para una entidad distrital, que es una Empresa Industrial y Comercial del estado con carácter de entidad descentralizada indirecta del orden Distrital?
2) ¿Si el servidor público al 30 de junio de 2020 cumplió solo 157 días de vinculación y no tiene continuidad le corresponde el pago proporcional de la prima por los 157 días?
3) ¿La entidad distrital cuenta con el Acuerdo 11 del 27 de diciembre de 2002 por el cual se compila el Régimen Salarial de los empleados públicos y trabajadores oficiale, el cual es muy antiguo, la duda que tenemos es un acuerdo de junta es superior a un decreto del gobierno nacional? ¿Pueden ir en contravía los acuerdos de junta y los decretos del gobierno?

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