Requisitos para el reconocimiento de cesantias parciales
¿Qué documentos se deben presentar para el reconocimiento y pago de las cesantías parciales para realizar trabajos de reparación locativa?
¿Qué documentos se deben presentar para el reconocimiento y pago de las cesantías parciales para realizar trabajos de reparación locativa?
El trabajador puede tramitar el retiro parcial de cesantías para estudios ante el fondo de cesantías al que se encuentre afiliado, o debe el empleador reconocer aquellas que se hubieren causado a la fecha de la solicitud?.
Es viable jurídicamente que el servidor público pueda presentar solicitud para el reconocimiento y pago de cesantías parciales así el funcionario sea propietario de bienes inmuebles y, pueda adquirir otros, sin que la administración esgrima tal hecho como argumento para inaplicar lo prescrito en la Ley 1071 de 2006?.
Forma de liquidar cesantías de servidores públicos con régimen retroactivo afiliados al Fondo Nacional del Ahorro.
A 31 de diciembre de cada año se hará la liquidación definitiva de las cesantías, el valor correspondiente deberá ser consignado antes del 15 de febrero del año siguiente.
La ley 1071/2006 establece expresamente los casos bajo los cuales procede el reconocimiento y pago de cesantías parciales cuando son requeridas por los servidores públicos.
¿El retiro parcial de cesantías para la compra y adquisición de vivienda, se refiere a cualquier inmueble que corresponda a esa denominación, o debe tramitarse exclusivamente cuando el destino de esa prestación social sea la compra y adquisición de una "casa de habitación"?
En muchas situaciones el trabajador a pesar de haber solicitado el reconocimiento y pago de cesantías parciales al fondo privado, no alcanza a reunir los recursos necesarios para sufragar los costos de las matriculas de estudio, circunstancia en la cual se ve avocado a solicitarle al empleador el reconocimiento y pago de las cesantías parciales causadas a la fecha de la solicitud.
¿Cuándo un Funcionario se encuentra en la situación de encargo, puede solicitar la liquidación parcial de sus cesantías, sinb que esta situación se configure como un posible detrimento al patrimonio de la Entidad?
¿En cabeza de quién se encuentra la responsabilidad del control de la inversión de las cesantías y que norma lo contempla?