Posibilidad de acceder a horarios flexibles
Pertenezco a la planta temporal y quiero saber si es posible acogerme a los horarios flexibles como estipula la Resolución 633 de 18 de agosto de 2016 de la función publica
Pertenezco a la planta temporal y quiero saber si es posible acogerme a los horarios flexibles como estipula la Resolución 633 de 18 de agosto de 2016 de la función publica
En el manual de funciones de un cargo profesional especializado del área secretaria general — financiera trae como requisito de estudio en el manual de funciones. Título profesional en disciplina académica del NCB (sic): Economía, Administración o ingeniería Industrial Y (sic) afines. Quisiera saber si aplica para la profesión de Contaduría?
Para la programación del disfrute de descansos compensatorios, las entidades deben aplicar las disposiciones normativas vigentes; es decir que deberán programar los turnos de descanso en las fechas que corresponden a las festividades de fin de año y las de la semana santa.
No es procedente que una entidad efectúe el cambio de funciones a un empleo de carácter temporal, si esto conlleva al ejercicio de actividades y propósitos diferentes de aquellos que dieron lugar a la creación del mismo.
Teniendo en cuenta que el acto administrativo de terminación del encargo se encuentra en firme, y que contra la decisión de la solicitud de revocatoria directa no procede recurso alguno sin que exista decisión sobre la revocatona directa, ¿ es viable terminar el encargo del funcionario, en virtud que existe un funcionano con mejor calificación?
La experiencia acreditada en el ejercicio de las actividades propias de una profesión o en la trasmisión de conocimientos como docente, por fuera de la jornada laboral de manera concurrente con la experiencia que se obtiene como empleado público, se estaría contabilizando dos veces por un mismo periodo, situación que no se encuentra permitida en la norma y se estaría violando el principio de igualdad, dado que en los procesos de selección abiertos y públicos, la experiencia profesional y la docente no se pueden tener como concurrentes en ningún caso, y la norma no hace excepciones al respecto.
La experiencia acreditada en el ejercicio de las actividades propias de una profesión o en la trasmisión de conocimientos como docente, por fuera de la jornada laboral de manera concurrente con la experiencia que se obtiene como empleado público, se estaría contabilizando dos veces por un mismo periodo, situación que no se encuentra permitida en la norma y se estaría violando el principio de igualdad, dado que en los procesos de selección abiertos y públicos, la experiencia profesional y la docente no se pueden tener como concurrentes en ningún caso, y la norma no hace excepciones al respecto.
Actualmente me encuentro vinculada a la Subred Integrada de Servicios de Salud Centro Oriente, E.S.E, ocupando unempleo de carrera administrativa, al cual estoy vinculada en condición de provisionalidad, como Profesional Universitano (Enfermera), en el cual trabajo por el sistema de turnos. El turno laborado corresponde al definido de 7:00 am a 1:00 pm, desde el mes de octubre de 2017, se nos programaron turnos de lunes a domingo, por lo anterior agradezco se me brinde respuesta a los siguientes interrogantes: ¿Cuántas horas se debe laborar mensualmente? ¿Cómo se deben liquidar y pagar los dominicales y festivos laborados? ¿Los días compensatorios se deben tener en cuenta dentro de las horas laboradas mensualmente, y si es así, equivalen a las mismas horas laboradas en el dominical o festivo que lo genero?
A la fecha me encuentro en incapacidad desde el 15 de diciembre de 2017, la EPS me liquida la incapacidad con el IBC de diciembre en el cual entra la prima de navidad y el salario, o sea $2.846.000, la incapacidad cancelada es de $1.897.433 mensual, mi salario es de $1.970 432. ¿Se debe hacer ajuste salanal de enero, febrero, marzo y abril de 2018? ¿Ese ajuste se tiene que ver reflejado en el desprendible de pago?
Es obligatorio para los miembros de la Junta Directiva de la empresa Metro de Bogotá S A registrar el Formato Único de Hoja de Vida y la Declaración de Bienes y Rentas en el Sistema de Información Distntal del Empleo y la Administración Pública - SIDEAP. o esta obligación se suple con el registro y actualización en el SIGEP?