¿Qué es un Nombramiento ordinario?
Es la forma en que son provistos los empleos de libre nombramiento y remoción, previo el cumplimiento de los requisitos exigidos para el desempeño del empleo y el procedimiento establecido en esta ley.
Es la forma en que son provistos los empleos de libre nombramiento y remoción, previo el cumplimiento de los requisitos exigidos para el desempeño del empleo y el procedimiento establecido en esta ley.
No puede, la normatividad concede el derecho a ser encargado en empleos de carrera exclusivamente a personal de carrera administrativa. En el caso de empleos de libre nombramiento y remoción, la normatividad concede ese derecho a empleados de carrera y empleados en cargos de libre nombramiento y remoción.
Los empleos de carrera administrativa se proveerán en período de prueba o en ascenso con las personas que hayan sido seleccionadas mediante el sistema de mérito, según lo establecido en el Título V de Ley 909, periodo que tiene una duración de seis (6) meses.
El nombramiento provisional procede de manera excepcional y transitoria, cuando no exista servidores de carrera que puedan ser encargados (Decreto 4968 de 2007 y artículo 25 de la Ley 909 de 2004), cuya finalidad es la de garantizar la eficiencia en la función administrativa y propender por alcanzar los fines esenciales del Estado que son propósitos constitucionalmente previstos, mientras se adelanta el respectivo concurso para proveerlo o cuando el empleo se encuentra tem
Un encargo consiste en la designación que hace la administración a un servidor con derechos de carrera administrativa en un empleo que se encuentre ya sea en una vacancia temporal o definitiva, siempre y cuando el funcionario cuente con los requisitos para desempeñar las funciones mientras el titular actual regrese o hasta que se s
La comisión es una de las situaciones administrativas en las que puede encontrarse un empleado en servicio activo, se les otorgan de acuerdo a las siguientes situaciones:
La suspensión provisional consiste en la separación temporal del empleo que se ejerce como consecuencia de una orden de autoridad judicial, fiscal o disciplinaria, la cual deberá ser decretada mediante acto administrativo motivado y generará la vacancia temporal del empleo.
Las licencias que se podrán conceder al empleado público se clasifican en: 1. No remuneradas: 1.1. Ordinaria. 1.2. No remunerada para adelantar estudios 2. Remuneradas: 2.1 Para actividades deportivas. 2.2 Enfermedad. 2.3 Maternidad. 2.4 Paternidad. 2.5 Luto.
Un empleado se encuentra en servicio activo cuando ejerce las funciones del empleo del cual ha tomado posesión.
Las vacaciones se regirán por lo dispuesto en el Decreto Ley 1045 de 1978 y las normas que lo modifiquen, adicionen o reglamenten. Cuando el empleado disfruta de vacaciones, en el empleo del cual es titular se genera una vacancia temporal, la cual podrá ser provista, por el tiempo que dure la misma, bajo las figuras del encargo o del nombramiento provisional cuando se trate de cargos de carrera.