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Interoperabilidad

Aptitud de los sistemas y aplicaciones, basados en Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, y los procesos que estos soportan, para intercambiar información y posibilitar utilizar mutuamente la información intercambiada. Para el caso de redes de telecomunicaciones, la interoperabilidad es inherente a la interconexión de las mismas. (art.1 Resolución 202 de 2010 Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones). 

Interconexión

Es la vinculación de recursos físicos y soportes lógicos de las redes, incluidas las instalaciones esenciales, necesarias para permitir el interfuncionamiento de los servicios y/o aplicaciones y la interoperabilidad de plataformas. (art.1 Resolución 202 de 2010 Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones). 

FRADEC

Fondo Educativo en Administración de Recursos para Capacitación Educativa de los Empleados Públicos del Distrito.

Fondos en Administración

Son recursos financieros que se entregan en administración al ICETEX, para ser invertidos en la formación y capacitación del recurso humano, requerido por una organización, para el desarrollo de las empresas, las regiones, las localidades, un sector o gremio o el grupo poblacional de interés.

Estructura

La estructura formal de las entidades comprende la denominación, naturaleza y régimen jurídico, funciones, sede, integración del patrimonio, órganos superiores de dirección y administración y el ministerio o departamento administrativo al cual estarán adscritos o vinculados (artículo 50 Ley 489 de 1998). La estructura informal está referida a la organización interna de las entidades, concretamente, a los grupos internos de trabajo conformados en estas.

Encargo

Los empleados podrán ser encargados para asumir parcial o totalmente las funciones de empleos diferentes de aquellos para los cuales han sido nombrados, por ausencia temporal o definitiva del titular, desvinculándose o no de las propias de su cargo. El encargo no interrumpe el tiempo de servicio para efectos de la antigüedad en el empleo del cual es titular, ni afecta los derechos de carrera del empleado.

Empleo público

Es el conjunto de funciones, tareas y responsabilidades que se asignan a una persona y las competencias requeridas para llevarlas a cabo, con el propósito de satisfacer el cumplimiento de los planes de desarrollo y los fines del estado. (artículo 19 Ley 909 de 2004). - Empleos públicos de carrera: Es un medio de acceder a la función pública surtiendo los concursos establecidos para el efecto, y en donde se tienen en cuenta las capacidades y a aptitudes de los concursantes.

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